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LA TORTURA BLANCA EN LAS PRISIONES DEL PERU
Presos politicos de Ancón.
REVISIONES CORPORALES VEJATORIAS
En el marco de la Resolución Presidencial del INPE donde declara en emergencia por 45 días Establecimientos Penitenciarios de "Miguel Castro Castro" y de "Ancón", han implementado revisiones corporales que se concentran en vejatorias revisiones íntimas y que de no ser aceptadas simplemente no se les permite el ingreso al penal, negándoles su derecho fundamental de visitar y socorrer a sus seres queridos.
Denunciamos y rechazamos estas abusivas, humillantes e ilegales medidas y el constante maltrato a nuestros familiares, medidas que violan el propio Código de Ejecución Penal y su Reglamento y normas complementarias que establece y regula el vigente sistema carcelario.
El reglamento del C.E.P. en su Art., 23 dice: " los visitantes quedan sujetos a revisión personal y corporal..." "La revisión íntima se hace únicamente cuando exista indicios razonables de intento de introducir objetos prohibidos que atentan contra el régimen penitenciario", además establece que: "la revisión corporal deberá efectuarse respetando la dignidad de las personas..." En el Art., 24 establece que : "Cuando exista indicios razonables de que se pretenda introducir algún tipo de objeto, bebida, droga, medicina o cualquier otro elemento prohibido, el personal de seguridad solicitará el apoyo del personal médico o paramédico... De estos hechos deberá darse cuenta inmediatamente al representante del Ministerio Público y al director del Establecimiento Penal para proceder a la revisión corporal en zonas íntimas".
La mencionada Resolución Presidencial en su considerando dice: "resulta necesario adoptar medidas extraordinarias y temporales... sin afectar los derechos de los internos, de modo tal que se garanticen no solo con disposiciones que los respeten sino también con medias que aseguren el principio de autoridad", además que basados en el Art. 10 del Reglamento del C.E.P. señala: "las actividades penitenciarias se ejercerán respetando la dignidad y derechos del interno, no restringidos por la ley y la sentencia". Finalmente dicha Resolución Presidencial establece solo "restricciones " referentes al ingreso de visita directa, visita de abogado y desencierro, no autoriza ni da base legal para tales medidas abusivas y vejatorias contra nuestros familiares.
Por tanto denunciamos, rechazamos y demandamos su cese inmediato ya que no existe base material ni legal y llamamos a nuestros familiares e internos a persistir en la defensa de nuestros derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú y demás Códigos y normas señaladas. Así como a las organizaciones pertinentes pronunciarse al respecto.
¡EXIGIMOS EL CESE INMEDIATO DE LAS REVISIONES CORPORALES VEJATORIAS, HUMILLANTES E ILEGALES!
Noviembre del 2007
Presos Políticos E.P. de Ancón