3 de noviembre de 2024

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Corte de San José sentencia.

FUJIMORI ES RESPONSABLE DEL ASESINATO DE PRISIONEROS

Por: César Romero.

30 de diciembre de 2006

Tribunal de Derechos Humanos dice que régimen fujimorista buscó exterminar a los senderistas durante el operativo realizado en el penal Castro Castro, del 6 al 10 de mayo de 1992 • Concluye que no había motín ni hay pruebas de que los presos estuvieran armados.

La Corte anota en sus conclusiones que Fujimori aprobó los planes de eliminación de los presos senderistas.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica, responsabilizó al régimen de Alberto Fujimori de la masacre de 41 presos senderistas en el penal Miguel Castro Castro, que se produjo entre el seis y diez de mayo de 1992.

El tribunal internacional concluyó que el operativo "Mudanza 1", ejecutado en dicho penal, no tuvo por objeto controlar a los reclusos y trasladar a las internas a otro penal, sino matarlos a todos.

"Se trató de un ataque premeditado, un operativo diseñado para atentar contra la vida y la integridad de los prisioneros que se encontraban en los pabellones 1-A y 4-B del penal Miguel Castro Castro", afirma la Corte de San José.

También resalta que el operativo estuvo principalmente dirigido contra las mujeres, tres de las cuales estaban embarazadas. "La masacre fue inicialmente dirigida contra las aproximadamente 133 mujeres del pabellón 1-A, con el objeto de exterminarlas, convirtiéndose en blancos singularizados del ataque a la prisión. Muchas de las internas fueron asesinadas a quemarropa", resalta la CIDH.

Igualmente, señala que el operativo habría sido planificado para concluir el Día de la Madre, "a fin de que estas se negaran a que sus hijos o esposos se integraran a las filas senderistas".

En otro punto del fallo se indica que no existía un motín cuando se inicio el operativo y que tampoco se ha probado que los presos tuvieran armas que justificaran el uso de la fuerza.

"Por el contrario, el comportamiento observado por los agentes de seguridad, altas autoridades y otros funcionarios del Estado durante los cuatro días que duró el operativo, así como con posterioridad a este, demuestran que se trató de un ataque ejecutado para exterminar a los presos senderistas", enfatiza la Corte.

Agrega que "durante los días del ’operativo’ el entonces presidente Alberto Fujimori se reunió en la Comandancia General del Ejército, ’Pentagonito’, con el Consejo de Ministros y autoridades policiales y militares, para evaluar la situación del penal y determinar las acciones por seguir.

Asimismo, el día 10 de mayo Fujimori se presentó en el penal "y caminó entre los prisioneros tendidos boca abajo en el suelo de los patios del presidio".

La Corte subraya que en el operativo participaron efectivos de las unidades especializadas UDEX, SUAT, USE, DINOES y del Ejército. "La policía y ejército utilizó armas de guerra, explosivos, bombas lacrimógenas, vomitivas y paralizantes en contra de los internos, desde el inicio de la operación. En los techos y ventanas de los otros pabellones se encontraban francotiradores", dice.

Víctimas y reparaciones

La Corte Interamericana reconoció como víctimas de la masacre del penal Castro Castro a 41 internos fallecidos, 185 presos sobrevivientes y sus familiares cercanos: padres, hermanos, esposos e hijos.

A los reclusos fallecidos se les reconoce una reparación económica de 50 mil dólares, a los sobrevivientes de 10 mil a 25 mil dólares, a los familiares: padres, esposos, hijos y hermanos, 10 mil dólares cada uno, y cantidades adicionales a las mujeres presas que estaban embarazadas y otras que fueron violadas en los días siguientes al operativo.

La Corte anota en sus conclusiones que Fujimori aprobó los planes de eliminación de los presos senderistas.

(La Republica, enviado por un lector).